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QUIENES SOMOS

Somos una entidad sin ánimo de Lucro, conformada por padres de familia del Liceo Francés Paul Valéry que acompaña y facilita las relaciones y la comunicación entre alumnos,  educadores y padres de familia teniendo como base valores y principios de libertad, justicia, respeto y solidaridad.

NUESTRA VISIÓN

Ser reconocida entre todas las familias, personal directivo, administrativo y académico del Liceo como parte activa y ente facilitador de formación integral que trabaja en pro del mejoramiento continuo y el logro de los objetivos comunes con el Liceo.

NUESTROS OBJETIVOS

● Alinear nuestro trabajo con directivas y profesores, en pro del mejoramiento continuo del Liceo
● Promover la participación activa de los padres asociados en las actividades
ASOPAVAL tiene participación en:
• Consejo de Administración de la Corporación -Junta Directiva LFPV
• Asamblea del Liceo
• Comité de Transporte
• Comité de Nutrición
• Comité de Crisis

Adicionalmente, sus integrantes hacen parte de los Consejos de Establecimiento y de Escuela y participan en reuniones sobre temas que inciden en el bienestar de nuestros hijos, como por ejemplo el desarrollo de las clases en la virtualidad y la definición de los protocolos de Bioseguridad.

Nuestro Equipo

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ANA MARIA CAMACHO ROGER

PRESIDENTE

LINA GARCÍA

CAROLINA RENDON MONTOYA

ALEJANDRA GÓMEZ

VISEPRESIDENTE

TESORERA SUPLENTE

TESORERA PRINCIPAL

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SANDRA LOSADA

JULIANA JARAMILLO

JUDITH PUENTES

SECRETARIA PRINCIPAL

SECRETARIO SUPLENTE

SECRETARIA

MERCEDES ISABEL TOUS G.

VOCAL

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CAROLINA BUITRAGO SAÑUDO

VOCAL

XIMENA MARROQUIN RAMÍREZ

ADRIANA CIFUENTES M.

LEOPOLDO ANDRÉS VALBUENA O.

VOCAL

VOCAL

VOCAL

El Presidente de la Asociación llevará la representación legal de la misma y en consecuencia podrá obligarla y comprometerla, representarla en juicio, contratar, adquirir, enajenar, gravar sus bienes, girar, endosar y aceptar toda clase de instrumentos negociables, conseguir dinero en mutuo y dar las garantías necesarias, y en general representar a la Asociación en todos los actos civiles, comerciales y administrativos, pudiendo otorgar poderes y revocarlos libremente. Todo acto o contrato que celebre el Presidente deberá ser aprobado previamente por la Junta Directiva si implica para la Asociación una obligación mayor a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
El vicepresidente tendrá todas las funciones del Presidente en sus faltas temporales y definitivas, con sus mismas atribuciones y ostentará la condición de representante legal suplente. Cuando quiera que se produzca falta, ésta deberá registrarse en acta de la Junta Directiva. CAPITULO VII DEL SECRETARIO
El Secretario llevará las Actas de las Asambleas y de las sesiones de la Junta Directiva, atenderá la correspondencia y los archivos de la Asociación y en coordinación con el Presidente garantizará que las reuniones de la Asamblea y de la junta directiva, se lleven a cabo en las épocas fijadas y coordinará las labores de las comisiones designadas por la Junta para el mejor desarrollo de sus actividades. El Secretario Suplente tendrá todas las funciones del Secretario en sus faltas temporales o definitivas, con sus mismas atribuciones. Cuando el secretario, principal o suplente, no sea miembro de la Junta podrá percibir una asignación que deberá protocolizarse en junta directiva, y de ello se dejará constancia en las actas. CAPITULO VIII DEL TESORERO
Secretaria Judith Puentes: Brinda atención proactiva a padres de familia, estudiantes del liceo y demás contratistas, así como apoyar  todas las actividades logísticas de capacitaciones y eventos organizados. De igual manera, se encarga de la recepción, revisión y organización de todos los soportes contables establecidos para garantizar el ingreso al sistema de una manera cronológica y ordenada de acuerdo a los lineamientos indicados y procedimientos establecidos, así como de la conservación y custodia del archivo general de toda la correspondencia y soportes contables.
El Tesorero será responsable de los fondos y rentas de la Asociación. En consecuencia, deberá responder por la contabilidad de la Asociación y rendir los informes que le solicite el Presidente o la Junta Directiva. En todo caso, para la sesión ordinaria que se debe celebrar el mes de marzo de cada año, como lo estipula el Artículo 9 de los presentes estatutos, deberá presentar ante la Asamblea General un informe sobre el movimiento y el estado de las cuentas y un balance general a la fecha de dicha reunión. Este informe irá acompañado del informe del revisor fiscal. El Tesorero Suplente tendrá todas las funciones del Tesorero en sus faltas temporales o definitivas, con sus mismas atribuciones y su nombramiento se registrará en acta de la junta.
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